Rwanda

Región: Africa
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

La Constitución de Rwanda promueve los derechos de las personas con discapacidad haciendo hincapié en su bienestar, tal y como se estipula en los Artículos 16, 51 y 139, entre otros, garantizando cuotas de representación en los órganos de toma de decisiones y la visibilidad de las personas con discapacidad y estableciendo el Consejo Nacional de personas con discapacidad.

Según la orden ministerial de Ruanda núm. 20/18 del 27/7/2009 que determina las modalidades de clasificación de las personas con discapacidad en categorías básicas según su grado de discapacidad, en Ruanda las personas con discapacidad se clasificarán en las siguientes categorías:
– Personas con discapacidad física.
– Personas con discapacidad visual.
– Personas sordomudas o personas con alguna de estas discapacidades.
-Personas con discapacidad mental.
– Personas con discapacidades certificadas por un comité médico no especificadas en las categorías anteriores.

Resumen sobre el marco legal en materia de discapacidad de Ruanda.

Iniciativas o Redes Nacionales de Empresas y Discapacidad redes o iniciativas

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