Eslovaquia

Región: Europe
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

Según la Constitución eslovaca, «los derechos y libertades básicos están garantizados para todos en Eslovaquia, independientemente de su género, raza, color de piel, idioma, creencias y religión, opinión política u otra, origen nacional o social, adhesión a la nacionalidad o grupo étnico, propiedad, nacimiento u otro estado. Nadie puede ser favorecido o discriminado por los motivos mencionados». No existe una prohibición explícita de la discriminación por discapacidad. Sin embargo, de conformidad con el Artículo 38 de la Constitución, los derechos de las personas con discapacidad están «extra» protegidos con respecto a la salud y las condiciones laborales, las relaciones laborales y la formación profesional.

Ley antidiscriminación de 2004.

Legislación de cuotas

Los empleadores con más de 20 empleados tienen la obligación de cumplir con el objetivo de empleo del 3,2 % de empleados con discapacidad. Los empleadores que no emplean directamente a personas con discapacidad pueden cumplir esta obligación de las siguientes maneras: contratando a una empresa que emplee a empleados con discapacidad o a personas con discapacidad que trabajen por cuenta propia; mediante la compra de productos o servicios de talleres protegidos o lugares de trabajo protegidos, de personas con discapacidad que trabajan por cuenta propia o de empleadores que emplean a empleados con discapacidad. Los empleadores que no cumplan con los requisitos legales deben pagar una sanción financiera de hasta 0,9 veces los costos laborales totales del salario medio nacional mensual por cada empleado con discapacidad que falte para cumplir con la cuota obligatoria, cantidad que ascendió a 1125 EUR en 2018 (Ley núm. 5/2004, Coll. sobre los servicios del empleo).

Consulte el informe de país de la Red Académica de Expertos Europeos en Discapacidad (ANED, por sus siglas en inglés). aquí