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Kuwait

Región: Asia
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

La Ley nº 8 de 2010 estableció la Autoridad Pública para Asuntos de Discapacidad (PADA)

Legislación sobre cuotas

Sí, el 4% para las entidades públicas con más de 50 trabajadores kuwaitíes.

Organizaciones relevantes, incluidas las ONG internacionales

Nepal

Región: Asia
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

Legislación pertinente: La parte 3(18) de la Constitución de Nepal de 2015 prohíbe todo tipo de discriminación por motivos de discapacidad.
El capítulo 6 de la Ley relativa a los derechos de las personas con discapacidad, 2074 (2017), se centra en el desarrollo de competencias y el empleo y establece, entre otras cosas, que el Gobierno de Nepal proporcionará formación profesional para desarrollar la profesionalidad y crear autoempleo mediante la mejora de las competencias de las personas con discapacidad.
C111 – Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111)
La 112.ª reunión de la CIT (2024) comentario del Consejo de Administración de la OIT C111 – Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) – Nepal (Ratificación: 1974) informa en el artículo 1 (1) (b), Motivos adicionales de discriminación, de la elaboración en curso de una herramienta de autoevaluación “Igualdad de género, discapacidad e inclusión”, con el apoyo de la OIT, que debería estar finalizada en 2024 y tiene por objeto mejorar la prestación de servicios y reforzar la aplicación de los artículos 24 (1) y 24 (3) de la Ley sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2017, relativos respectivamente a la prestación de formación profesional y a la prohibición de la discriminación por parte de las empresas.

Legislación sobre cuotas: La Ley de Protección y Bienestar de las Personas Discapacitadas de 2039 (1982) prohíbe la discriminación de las personas discapacitadas en relación con el empleo. Las empresas individuales y privadas que empleen a más de 25 personas deben dar el 5% de sus puestos de trabajo a personas discapacitadas, es decir, debe haber al menos una persona con discapacidad por cada 25 empleados contratados. El gobierno de Nepal y las empresas públicas también reservan el 5% de todos los puestos de trabajo de la función pública a personas con discapacidad. Además, el salario y otras facilidades de los empleados con discapacidad deben ser iguales a los de los que no tienen discapacidad. Los empresarios que contraten a personas con discapacidad deben estar exentos del impuesto sobre la renta. No debe haber impuestos sobre los equipos especializados que necesiten los empleados con discapacidad.

Organizaciones relevantes, incluidas las ONG internacionales

Iniciativas o Redes Nacionales de Empresas y Discapacidad redes o iniciativas

Ucrania

Región: Europe
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

Legislación relevante: La Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ha sido ratificada por la Verjovna Rada de Ucrania (Parlamento) y forma parte de la legislación nacional de Ucrania. La ley básica que conforma la política nacional para garantizar el empleo de las personas con discapacidad e incorpora la mayoría de las normas y recomendaciones internacionales en este ámbito es la Ley sobre los Fundamentos de la Protección Social de las Personas con Discapacidad en Ucrania, que establece que Las personas con discapacidad en Ucrania tienen plenos derechos y libertades socioeconómicos, políticos y personales consagrados en la Constitución de Ucrania, las leyes de Ucrania y los tratados internacionales ratificados por la Rada Suprema de Ucrania. El sistema de protección social de las personas con discapacidad en cuanto a la aplicación de sus derechos al trabajo está formalizado en la Constitución de Ucrania y regulado por las disposiciones del Código de Leyes Laborales de Ucrania, y otras leyes de Ucrania, incluyendo Sobre los fundamentos de la protección social de las personas con discapacidad en Ucrania, Sobre la rehabilitación de las personas con discapacidad en Ucrania, Sobre la protección laboral y otros instrumentos legales.

C111 – Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111)
La 110.ª reunión de la CIT (2022) comentario del Consejo de Administración del Convenio de la OIT C111 – Discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) – Ucrania (Ratificación: 1961) informa en el artículo 1, apartado 1, letra b), Otros motivos de discriminación, Personas con discapacidad, que de conformidad con la Ley de Empleo (2012) y la Ley de protección social de las personas con discapacidad (1991), el Servicio Estatal de Empleo facilita el empleo de personas con discapacidad en puestos de trabajo creados o adaptados para ellas en empresas, instituciones y organizaciones, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Expertos Médicos y Sociales (MSEC). El empresario no puede negarse a emplear a una persona con discapacidad, basándose en esta discapacidad, salvo en los casos en que, según las conclusiones de la MSEC, su estado de salud impida el desempeño de sus responsabilidades profesionales o ponga en peligro la salud y la seguridad de otras personas.

Legislación sobre cuotas: Las empresas, las instituciones, las organizaciones y los particulares que utilizan mano de obra contratada deben respetar una cuota del 4% para los empleadores con más de 25 empleados y del 1% para los empleadores con 8-25 empleados. El Fondo para la Protección Social de las Personas con Discapacidad y sus sucursales territoriales garantizan la aplicación del sistema de cuotas en el lugar de trabajo para el empleo de personas con discapacidad.

Iniciativas o Redes Nacionales de Empresas y Discapacidad redes o iniciativas

Malasia

Región: Asia
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

La Ley de Discapacidad de 2008 establece que las personas con discapacidad tendrán derecho a acceder al empleo en igualdad de condiciones que las personas sin discapacidad. Las Personas con El empleador protegerá los derechos de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las personas sin discapacidad, a condiciones de trabajo justas y favorables, incluidas la igualdad de oportunidades y la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor, condiciones de trabajo seguras y saludables, protección contra el acoso y reparación de agravios.

Actualmente, existe una cuota de empleo del 1% para personas con discapacidad en el sector público.

República Democrática Popular Lao

Región: Asia
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

La República Democrática Popular Lao es uno de los 180 Estados miembros que han ratificado la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD). El Decreto sobre los derechos de las personas con discapacidad se promulgó para proteger los derechos e intereses de las personas con discapacidad en lo que respecta a las políticas de tratamiento, salud, empleo y otras políticas que promuevan el autodesarrollo. Elimina todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad, otorgándoles igualdad de derechos ante la ley. El Estado toma todas las medidas necesarias para prevenir todas las formas de discriminación y abusos contra las personas con discapacidad.

Las personas con discapacidad tienen derecho a trabajar en todos los sectores públicos y privados sin discriminación, y esto se aplica a la solicitud de empleo, aceptación, salario, ascenso, compensación, entre otros.

Actualmente no existe una cuota de empleo para personas con discapacidad.

Emiratos Árabes Unidos (UAE)

Región: Asia
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

La Ley Federal N° 29 de 2006 sobre los Derechos de las Personas con Necesidades Especiales garantiza los derechos de las personas de determinación, incluido el derecho a la educación, el empleo, la atención médica y los servicios sociales.

La Política nacional para empoderar a las personas con determinación establece el compromiso del gobierno de los EAU de crear una sociedad inclusiva para las personas con determinación.

Legislación de cuotas

La Resolución No. 43 de 2018 en apoyo a las personas con determinación tiene como objetivo apoyar el empleo de las personas con determinación en el sector privado al exigir a las empresas que reserven una cuota del 2% de sus puestos de trabajo para personas con discapacidad.

Organizaciones relevantes, incluidas las ONG internacionales

Iniciativas o Redes Nacionales de Empresas y Discapacidad redes o iniciativas

Taiwán

Región: Asia
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

Cuota del 1 % para empresas de 67 o más empleados. Los empleadores que incumplan la ley deben contribuir a los Fondos para el Empleo de la Discapacidad. El importe de la contribución se basa en el número requerido de desempleados con discapacidad multiplicado por el salario mínimo mensual legal.
https://www.angloinfo.com/how-to/taiwan/healthcare/people-with-disabilities

Suiza

Región: Europe
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Iniciativas o Redes Nacionales de Empresas y Discapacidad redes o iniciativas

Sucursales de empresas miembro de la GBDN

Países Bajos

Región: North America
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

Esquema de reinserción de trabajadores con discapacidad parcial

No hay cuota para empleadores privados. Cuota del 1,93 % para empleadores públicos con 25 o más empleados. Los empleadores pueden solicitar subsidios salariales si emplean a empleados con discapacidad.

Israel

Región: Europe
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LEGISLACIÓN PERTINENTE

La Ley de igualdad de derechos para las personas con discapacidades, 5758-1998, prohíbe la discriminación en el empleo basada en la discapacidad, incluida en la contratación o pruebas de contratación, en las condiciones de empleo, en la promoción en el trabajo, en la formación o estudios avanzados profesionales, en el cese o en la indemnización por despido y en las prestaciones y pagos otorgados a un empleado en relación con su jubilación.
Se aplica una cuota del 3 % para empleadores con 100 empleados o más. Las empresas de más de 25 empleados deben garantizar que tengan una representación adecuada de personas con discapacidad.